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Consejo Superior aprobó protocolo para situaciones de violencia o discriminación de género u orientación sexual

lunes 02 julio 2018

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El Consejo Superior de la Universidad Tecnológica  Nacional, en su última sesión ordinaria, aprobó el Protocolo de acción Institucional para la prevención e intervención ante situaciones de violencia o discriminación de género u orientación sexual. 

Se aplicará en todas las facultades regionales. Fue impulsado desde el claustro estudiantil que tuvo un aval unánime y sumó además propuestas de consejeros de otros claustros e, incluso, de decanos.

El protocolo de acción institucional aprobado rige para las relaciones laborales y/o educativas que se desarrollen en el marco de cualquier dependencia de la Universidad e involucra a los comportamientos y acciones realizadas por:

  • Funcionarios/as, docentes y nodocentes, cualquiera sea su condición laboral.
  • Estudiantes, cualquiera sea su situación académica.
  • Personal académico temporario o visitante.
  • Terceros que presten servicios no académicos permanentes o temporales en las instalaciones edilicias de la Universidad.

Situaciones abarcadas

El protocolo regula la intervención institucional ante situaciones de violencia sexual y discriminación basada en el sexo y/o género de la persona, orientación sexual, identidad de género y expresión de género.

Las situaciones pueden llevarse a cabo por cualquier medio comisivo, incluyendo la omisión, y pueden dirigirse a una persona en particular o referirse de manera general a un grupo.

Las situaciones comprenden

  • Hechos que configuren formas de acoso sexual, entendiendo por tales aquellos comentarios reiterados o conductas con connotación sexual que impliquen hostigamiento, asedio, que tengan por fin inducir a otra persona a acceder a requerimientos sexuales no deseados o no consentidos.
  • Hechos de connotación sexista, entendiendo por tales aquellas conductas, acciones, comentarios, cuyo contenido discrimine, excluya, subordine, subvalore o estereotipe a las personas en razón de su género, identidad de género u orientación sexual.

Consultas y/o denuncias

Las consultas y/o denuncias podrán ser realizadas por cualquier persona a la que asisten los derechos vulnerados o por un tercero con conocimiento directo de los hechos. En el caso de denuncias realizadas por terceros, estas deberán ser ratificadas por las personas directamente afectadas.

El tratamiento de consultas y/o denuncias será estrictamente confidencial.

Las autoridades pueden adoptar en cualquier momento del procedimiento las medidas urgentes que el caso requiera.